Indicadores
Funcionarios públicos por condición de discapacidad y año, según estructura del presupuesto
Definición: |
Es la distribución de los funcionarios públicos con discapacidad según la estructura del Presupuesto General de la Nación. |
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Dimensión: | Trabajo y empleo |
Unidad de Medida: | Número de funcionarios |
Justificación e Interpretación |
Permite verificar el cumplimiento del marco normativo vinculado a la incorporación a la función pública de personas con discapacidad. |
Notas: | Los datos presentados corresponden a los reportes de personal enviados por cada OEE al MEF. |
Visualización
Fuente: Ministerio de Economía y Finanzas
Ficha técnica - Indicador | |
Descripción del indicador | |
Indicador | Funcionarios públicos por condición de discapacidad y año, según estructura del presupuesto |
Tipo de Indicador | Trabajo y empleo |
Unidad de medida | Número de funcionarios |
Organismos/custodios | MEF |
Indicadores relacionados | Porcentaje de funcionarios públicos con discapacidad por año; Funcionarios públicos por sexo y año, según condición de discapacidad; Funcionarios públicos por condición de discapacidad y año, según clasificación por entidades |
Conceptos y definiciones | |
Definición | Es la distribución de los funcionarios públicos con discapacidad según la estructura del Presupuesto General de la Nación. |
Justificación e interpretación | Permite verificar el cumplimiento del marco normativo vinculado a la incorporación a la función pública de personas con discapacidad. |
Conceptos | - Estructura del Presupuesto General de la Nación: Según el artículo 12° del Decreto N° 8127/00 "Por el cual se establecen las disposiciones legales y administrativas que reglamentan la implementación de la Ley N° 1535/99, "De administración financiera del Estado", y el funcionamiento del Sistema Integrado de Administración Financiera - SIAF", "los presupuestos que conforman el Presupuesto General de la Nación estarán estructurados conteniendo las informaciones básicas clasificadas, conforme a lo establecido en el Art. 12° de la Ley y considerarán en su elaboración: I) Presupuesto de los Organismos de la Administración Central: Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, y Otros Organismos del Estado; y, II) Presupuesto de Entidades Descentralizadas." - Discapacidad: Según la Ley N° 3540/13, la discapacidad "incluye a aquellas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás." - Funcionario público con discapacidad: Según la Ley N° 3585/08, son personas que presentan "una discapacidad mínima del 33% (treinta y tres por ciento), siendo indispensable la certificación de discapacidad y del potencial laboral expedida al efecto por el INPRO (Instituto Nacional de Personas Excepcionales, hoy Secretaría Nacional por los Derechos de las Personas con Discapacidad, SENADIS) o por los órganos competentes por él autorizados en los diferentes departamentos del territorio nacional." |
Metodología | |
Método de cálculo | Número de funcionarios públicos con discapacidad en cada categoría de la estructura del presupuesto. |
Fórmula de cálculo | Suma de funcionarios públicos con discapacidad en cada categoría de la estructura del presupuesto. |
Variables que componen el indicador | Funcionarios públicos con discapacidad en la Administración Central Funcionarios públicos con discapacidad en la Administración Descentralizada Funcionarios públicos con discapacidad Sociedades Anónimas Funcionarios públicos con discapacidad en Municipalidades |
Cobertura geográfica | Nacional |
Niveles de información o desagregación | Nacional |
Tratamiento de los valores perdidos | No aplica. |
Fuentes de datos | |
Descripción de la fuente de datos | Sistema Integrado de la Carrera Civil Administrativa (SICCA) |
Institución responsable del cálculo del indicador | MEF |
Periodicidad de recolección de los datos | Mensual |
Disponibilidad de datos | Disponible desde 2015 |
Estado de los datos | Carpeta comprimida .zip y planillas en formato .csv o JSON |
Tipo de difusión | La información está disponible en la página web del Ministerio de Economía y Finanzas |
Oportunidad de difusión | Las OEE reportan su nómina de funcionarios dentro de los primeros quince (15) días hábiles del mes siguiente. La información en el portal se actualiza cada 24 horas. |
Otras informaciones referentes | |
Contexto en el que puede ser utilizado | Monitoreo del Art. 1° "Todos los organismos y entidades del Estado, gobernaciones y municipalidades, así como las personas jurídicas de derecho privado con mayoría accionaria del Estado incorporarán y mantendrán dentro de su plantel de personal un porcentaje de personas con discapacidad que no será menor al 5% (cinco por ciento) del total de sus funcionarios." de la Ley Nº 3585 / MODIFICA LOS ARTICULOS 1º, 4º Y 6º DE LA LEY Nº 2479/04 “QUE ESTABLECE LA OBLIGATORIEDAD DE LA INCORPORACION DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN LAS INSTITUCIONES PUBLICAS” |
Comentarios y limitaciones | Según página web del MEF: La veracidad o contenido de los datos son responsabilidad exclusiva del OEE. |
Referencias | Congreso de la Nación Paraguaya (2000) Decreto N° 8127/00 "Por el cual se establecen las disposiciones legales y administrativas que reglamentan la implementación de la Ley N° 1535/99, "De administración financiera del Estado", y el funcionamiento del Sistema Integrado de Administración Financiera - SIAF". Recuperado de: https://www.annp.gov.py/archivos/documentos/Decreto%208127%20reg%201535_qbjjjnt4.pdf Congreso de la Nación Paraguaya (2008). Ley N° 3585/08 Modifica los artículos 1º, 4º y 6º de la Ley Nº 2479/04 “Que establece la obligatoriedad de la incorporación de personas con discapacidad en las instituciones públicas”. Recuperado de: https://www.bacn.gov.py/leyes-paraguayas/1111/modifica-los-articulos-1-4-y-6-de-la-ley-n-247904-que-establece-la-obligatoriedad-de-la-incorporacion-de-personas-con-discapacidad-en-las-instituciones-publicas#:~:text=LEY%20N%C2%B0%203585.%20QUE%20MODIFICA%20LOS%20ARTICULOS%201%C2%BA,%204%C2%BA%20Y Congreso de la Nación Paraguaya (2013). Ley N° 3540/13 "APRUEBA LA CONVENCION SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y EL PROTOCOLO FACULTATIVO DE LA CONVENCION SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD" Recuperado de: https://www.bacn.gov.py/leyes-paraguayas/1763/ley-n-3540-aprueba-la-convencion-sobre-los-derechos-de-las-personas-con-discapacidad-y-el-protocolo-facultativo-de-la-convencion-sobre-los-derechos-de-las-personas-con-discapacidad |
Fuente: INE. Sistemas de Indicadores. Atlas sobre la Discapacidad en Paraguay. |
Fuente: Ministerio de Economía y Finanzas
Notas:Los datos presentados corresponden a los reportes de personal enviados por cada OEE al MEF.